domingo, diciembre 11

Asistencia en caso de emergencia consular

Los españoles que se encuentran en el extranjero y se enfrentan a una situación de emergencia consular (ej. accidente de tráfico, desastre natural, atentado terrorista, etc.), pueden acudir a la Oficina Consular competente para solicitar asistencia.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha llevado a cabo un intenso proceso de modernización de la Unidad de Emergencia Consular en los últimos años. En concreto, la Unidad de Emergencia Consular de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares ha sido dotada de un sistema informático para gestionar las emergencias consulares de gran envergadura. Por un lado, el sistema permite registrar en una base de datos la información que proporcionan voluntariamente los viajeros a un tercer país con los datos de su viaje, lo que debe facilitar su asistencia en caso de necesidad (http://www.visatur.mae.es/viajeros/). Por otro lado, el sistema permite registrar en una base de datos la información que proporcionan por vía telefónica, por fax o a través de internet los afectados por una crisis que tiene lugar en un tercer país (tanto personas afectadas directamente como personas que se interesan por las mismas, como por ej., familiares). La primera aplicación está a disposición de los viajeros en la página web del Ministerio, mientras que la segunda aplicación es de uso interno.
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación informa que los datos que usted facilite, en su caso, a la Unidad de Emergencia Consular por vía telefónica, por fax o a través de internet serán incorporados en un fichero automatizado cuya titularidad corresponde a la citada Dirección General. El registro es, en cualquier caso, voluntario.
LEER MÁS