Los españoles que se encuentran en el extranjero y se enfrentan a una
situación de emergencia consular (ej. accidente de tráfico, desastre
natural, atentado terrorista, etc.), pueden acudir a la Oficina Consular
competente para solicitar asistencia.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha llevado a
cabo un intenso proceso de modernización de la Unidad de Emergencia
Consular en los últimos años. En concreto, la Unidad de Emergencia
Consular de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares ha
sido dotada de un sistema informático para gestionar las emergencias
consulares de gran envergadura. Por un lado, el sistema permite
registrar en una base de datos la información que proporcionan
voluntariamente los viajeros a un tercer país con los datos de su viaje,
lo que debe facilitar su asistencia en caso de necesidad (http://www.visatur.mae.es/viajeros/).
Por otro lado, el sistema permite registrar en una base de datos la
información que proporcionan por vía telefónica, por fax o a través de
internet los afectados por una crisis que tiene lugar en un tercer país
(tanto personas afectadas directamente como personas que se interesan
por las mismas, como por ej., familiares). La primera aplicación está a
disposición de los viajeros en la página web del Ministerio, mientras
que la segunda aplicación es de uso interno.
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Dirección
General de Asuntos y Asistencia Consulares del Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación informa que los datos que usted facilite, en
su caso, a la Unidad de Emergencia Consular por vía telefónica, por fax
o a través de internet serán incorporados en un fichero automatizado
cuya titularidad corresponde a la citada Dirección General. El registro
es, en cualquier caso, voluntario.
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