viernes, diciembre 21

PROFESORES EN EL EXTRANJERO


PROFESORES EN EL EXTRANJERO

Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros educativos de Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2013-2014. PDF (BOE-A-2012-15329 - 12 págs. - 344 KB)


 Los objetivos de este Programa y de su desarrollo futuro se insertan en planes más amplios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, con los que se pretende fomentar el plurilingüismo y dar prioridad a la competencia en lenguas extranjeras como demanda la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en un contexto internacional en los ámbitos educativo, económico y social.
Plazas
Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están asignadas a centros educativos de Enseñanza Primaria y Secundaria, donde se imparten:

a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.
b) Español como lengua extranjera.

 Tanto el número total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 236, como los estados y provincias participantes, según figuran en el anexo I, pueden sufrir variaciones en función de la planificación del curso escolar 2013-2014 que lleven a cabo las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá.
Requisitos de los candidatos
Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:
2.1 Tener nacionalidad española.
2.2 Dominar el idioma inglés oral y escrito.
2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
2.4 Estar en posesión de alguna de las titulaciones que se especifican en el anexo II.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 25 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro de dicho plazo.