PROFESORES EN EL
EXTRANJERO
Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la
Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por
la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros educativos de
Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2013-2014. PDF (BOE-A-2012-15329 - 12 págs. - 344 KB)
Los objetivos de
este Programa y de su desarrollo futuro se insertan en planes más amplios del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte encaminados a favorecer de forma
eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, con los que se pretende
fomentar el plurilingüismo y dar prioridad a la competencia en lenguas
extranjeras como demanda la sociedad española, en consonancia con la de los
países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en un contexto
internacional en los ámbitos educativo, económico y social.
Plazas
Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están
asignadas a centros educativos de Enseñanza Primaria y Secundaria, donde se
imparten:
a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión
lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares
propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.
b)
Español como lengua extranjera.
Tanto el número
total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 236, como los estados
y provincias participantes, según figuran en el anexo I, pueden sufrir
variaciones en función de la planificación del curso escolar 2013-2014 que
lleven a cabo las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá.
Requisitos de
los candidatos
Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos
generales:
2.1 Tener nacionalidad española.
2.2 Dominar el idioma inglés oral y escrito.
2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de
la docencia.
2.4 Estar en posesión de alguna de las titulaciones que se
especifican en el anexo II.
Plazo
de presentación de solicitudes
El
plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 25 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente
Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente serán tenidos en cuenta
los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro de dicho
plazo.